El reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral y/o formación no formal, es un proceso mediante el cual se concede a quien así lo solicite una acreditación oficial una vez evaluadas sus competencias profesionales.
El nuevo Real Decreto 143/2021 define un procedimiento de carácter permanente y continuo, para la evaluación y acreditación de competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral, o de vías no formales de formación.
Esta nueva regulación surge de la necesidad de agilizar los procesos, y reducirá el tiempo de repuesta de la administración a 6 meses. Pasando de convocatorias específicas para cada familia profesional a una única convocatoria amplia, abierta y global que aglutine todos los sectores. Permitiendo la acreditación de la totalidad de las unidades de competencia profesional incluidas en la oferta de Formación Profesional vinculada al Catálogo Nacional de las cualificaciones las Cualificaciones Profesionales que se impartan en cada comunidad autónoma.
El proceso se inscribe dentro del Plan de modernización de la FP promovido a nivel nacional y consta de tres fases:
- Asesoramiento (obligatorio y del que resulta un informe de valoración).
- Proceso de evaluación (análisis del informe de valoración y del resto de documentación presentada por el aspirante).
- Acreditación (expedición de certificado).
El sistema de acreditación será acumulable, para que todo aquel que lo inicie pueda seguir completando su formación hasta la obtención de un titulo de FP o certificado de profesionalidad.
Las personas que quieran acreditar su experiencia deberán, cumplir los siguientes requisitos mínimos que exige la normativa:
- 3 años con un mínimo de 2.000 horas trabajadas en los últimos 15 años.
- Para el nivel de cualificación 1 se requieren 2 años de experiencia con un mínimo de 1.200 horas trabajadas.
El resultado ha de ser una mejora en la empleabilidad de personas no cualificadas, un impulso a la formación en el puesto de trabajo y un mayor equilibrio entre la oferta y la demanda laboral.
En Asturias, aunque el Principado puede determinar otras sedes que cedan instalaciones y servicios para ello en caso necesario, son los centros que imparten enseñanzas de Formación Profesional del sistema educativo, los centros integrados de FP y los Centros de Referencia Nacional los autorizados para llevar a cabo estas actividades de acreditación.
La Consejería con competencias en materia educativa y el Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias habilitarán un portal web en Internet desde el que acceder a la información referente al procedimiento de evaluación y acreditación de competencias profesionales con la finalidad de propiciar el acceso a la información y orientación de las personas así como facilitar el proceso de orientación e información a las entidades participantes.
Se aprobará, como mínimo, una convocatoria para cada familia profesional vinculada a las unidades de competencia profesional incluidas en la oferta de formación profesional de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias existente en cada momento vinculada al Catálogo Nacional de las Cualificaciones Profesionales.
En el caso de otras organizaciones públicas y privadas que deseen realizar las funciones de información y orientación deberán dirigirse a la Dirección General de formación profesional o al Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias quien establecerá las medidas de coordinación necesarias.
La tendencia generalizada en todos los países europeos es la regularización de las profesiones. Actualmente las profesiones reguladas representan el 9% del PIB europeo, el mayor número de estas lo encontramos en el sector de la salud, seguido del de la enseñanza, los servicios a empresas, el comercio, la construcción, y el transporte. La acreditación de competencias es paso fundamental en la regularización profesional y está conlleva que se facilite la libre circulación de los profesionales y contribuyendo a la disminución del desempleo y fomentando la existencia de mano de obra cualificada.